“La designación de Guillón se hizo de acuerdo a la Constitución”

“La designación de Guillón se hizo de acuerdo a la Constitución”

Lo afirmó el diputado provincial Juan Manuel Pedrini respondió a las críticas del bloque parlamentario de la UCR por el veto parcial a la ley de Intervención del Municipio de Villa Río Bermejito y  la designación del interventor municipal Rubén Guillón. Los diputados de la oposición habían calificado la decisión del Poder Ejecutivo provincial como ” arbitraria y avasalladora”.

Ante esta situación, Pedrini aseguró que la Cámara de Diputados del Chaco no está habilitada para designar a un Comisionado Interventor municipal: “La Cámara decide por Ley la intervención de un Municipio, pero la designación del interventor es potestad excluyente del gobernador de la provincia. De ahí el veto parcial y ajustado a derecho por parte del Poder Ejecutivo Provincial que reasume sus incuestionables potestades en la materia”, destacó el exministro de Gobierno del Chaco.

 

Cuatro casos

Pedrini recordó que la historia institucional del Chaco reconoce cuatro casos de intervenciones a Municipios: Las Palmas, La Clotilde, Fontana y Villa Rio Bermejito. “En los tres primeros, se delegó –acertadamente-, en el gobernador la designación del interventor. En el último caso hay una innovación legislativa y el Parlamento chaqueño decide reservase la potestad de designar al interventor a propuesta de los bloques”, detalló.

Así, dijo que no tener dudas que una intervención municipal es una medida que rompe la autonomía municipal y es excepcional y temporaria (Guillón debe llamar a elecciones en 60 días). “El interventor no representa al pueblo de Villa Rio Bermejito sino al gobierno provincial. Es un funcionario del gobierno del Chaco que excepcionalmente administrará la comuna. Ahora, conforme artículo 141 de la Constitución Provincial, el jefe de la administración del Gobierno Provincial es el gobernador y de acuerdo al inciso 11 nombra ´a sus ministros y funcionarios´”, agregó. En síntesis, Rubén Guillón “es un funcionario del Gobierno provincial, es un delegado de ese gobierno”. “Excepcionalmente a cargo de la Intendencia de Villa Rio Bermejito y como tal tiene un jefe político y administrativo: el gobernador, que es quien lo designa y a quien deberá acudir por cuestiones presupuestarias y políticas”, concluyó Pedrini.

 

Paralelo federal

Finalmente, hizo un paralelo con las intervenciones federales a las provincias. “No existe intervención alguna en que el interventor no sea designado por el presidente de la Nación. ¿Por qué?; porque es un delegado del Gobierno Nacional en las provincias y bajo contralor judicial de sus acciones gubernamentales, le responde políticamente al Presidente”, finalizó.

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