Es Ley el cupo femenino de 30 % en listas de cargos electivos de instituciones deportivas

Es Ley el cupo femenino de 30 % en listas de cargos electivos de instituciones deportivas

El Cuerpo Legislativo respaldó con 24 votos a favor la ley Nº 2983-S por la que establece un 30% de cupo femenino obligatorio en las listas de candidatos/as a los cargos electivos y representativos de todas las instituciones deportivas de la Provincia que se presenten a elecciones de autoridades, quienes deberán reunir las condiciones propias del cargo para el cual se postulan y no estar comprendidos en ninguna de las inhabilidades estatutarias.

La norma determina que las instituciones deportivas en actividad, a efectos de modificar y adecuar sus respectivos estatutos sociales, tendrán un plazo de 180 días, a partir de la publicación de la presente Ley. No podrá oficializarse ninguna lista de candidatos/as a cargos electivos y representativos, que no cumpla con el 30% del cupo femenino en su integración.

Será autoridad de aplicación de la presente la Inspección general de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio. Por último se invita a los Municipios de la provincia del Chaco a adherir a la presente.

La autora de la sanción legislativa, Lidia Elida Cuesta, sostuvo al justificar el proyecto que “hoy ya no es primordial afirmar que la mujer ha participado, cada vez más de los cambios que se han dado en nuestra sociedad. En algunos países de manera más rápida y en otros de modo paulatino, en materia política, cultural, económica, empresarial, laboral, entre otras. Sin embargo, ese camino hasta el día de hoy ha llevado tiempo y lucha, contra patrones culturales gestados hace siglos. Estos patrones aún, siguen marcando diferencias y fundamentaciones arcaicas que son indicadores para asegurar si una mujer puede o no ocuparse de ciertas tareas que muchas veces la incluyen como parte pasiva”.

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Barranqueras - Municipio de todos

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