La Legislatura cambió el régimen de incompatibilidades de Magistrados y Funcionarios judiciales

La Legislatura cambió el régimen de incompatibilidades de Magistrados y Funcionarios judiciales

El Poder Legislativo aprobó una modificación a la Ley Nº1128-A, correspondiente al Régimen de Incompatibilidades, reajustando la incompatibilidad que ostentan actualmente los Magistrados y Funcionarios judiciales que ejerzan el Ministerio Público dentro del ámbito territorial de nuestra provincia.

 

A propuesta del diputado Nicolás Slimel, la modificación mantiene la incompatibilidad estipulada en la anterior redacción del artículo, ampliando la facultad que asiste a los magistrados y funcionarios de capacitarse permanentemente a través del ejercicio de la docencia, lo que se veía acotada con la anterior redacción del Art. 7º, de la Ley 1128-A, en tanto limita el ejercicio de la docencia universitaria a una sola Cátedra, con limitación horaria semanal, por remisión al art. 2º, inc. a), del mismo texto legal.

De allí la importancia de la reforma que se plantea con el presente, en cuanto se amplía la posibilidad de ejercer docencia, no sólo a nivel Universitario, como indica la norma, sino que también pueda ejercerse esa actividad a Nivel de Instituciones Terciarias o de enseñanza superior equivalentes, que representan una gran proporción de la demanda educativa provincial, pública o privada.

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“Ampliar la base de formadores, que en su mayoría provienen de los ámbitos judiciales, no sólo trae aparejado una mejor y variada oferta académica, colocándose a las universidades o institutos de enseñanza superior a la vanguardia de la educación nacional, sino que además redunda en beneficio de otros sectores que también prestan servicio público como ser la Escuela de Policía por Jueces y Secretarios o Centro de Estudios Judiciales, dependientes del Superior Tribunal de Justicia, generando una mejora cualitativa del mismo” argumentó el autor.

Como titular de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, Nicolás Slimel describió los objetivos de la ley. “Lo que hace es ampliar la facultad para que Magistrados y Funcionarios puedan capacitarse en forma permanente a través del ejercicio de la docencia, tendiente a mejorar el servicio de justicia, amplía la posibilidad de desarrollar docencia en Universidades, Institutos Terciarios y educación superior equivalente, tal como prevé las normas nacionales, apunta a la capacitación que puedan cumplir con el requerimiento constitucional de que estén en conocimiento del derecho”.

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