Caso Pittau: el estado acompaña a la víctima y su familia en causa de abuso contra las infancias

Caso Pittau: el estado acompaña a la víctima y su familia en causa de abuso contra las infancias

Desde el organismo estatal se hicieron eco del caso que investiga un abuso sexual contra una niña y el reciente sobreseimiento del acusado, quien además se encontraba acusado de violentar a su ex pareja en reiteradas ocasiones.

 

En diálogo con la prensa, la abogada de la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros, Nahir Barud sostuvo: “Nos pusimos a disposición a través de nuestros equipos técnicos. La respuesta del Estado debe ser coherente”.

Este martes 21 de septiembre inició la audiencia preliminar en la causa que investiga un abuso sexual contra las infancias presuntamente perpetrado por el futbolista Enzo Pittau contra su hija. El hecho que investiga la Justicia habría ocurrido hace tres años atrás, cuando la niña tenía dos años de edad.

La Secretaria de Derechos Humanos y Géneros de la Provincia del Chaco se pronunció sobre esa causa y sobre el sobreseimiento de Pittau en otra causa por violentar a su ex pareja, alegando que este tipo de delitos deberían ser imprescriptibles, ya que se encuentran vigentes herramientas legales que garantizan la protección integral de las víctimas de violencias.

Cabe recordar que el pasado 9 de septiembre la jueza Silvana Morando decidió sobreseer al futbolista a través de una resolución en la declaró prescripta una causa penal en la que Pittau estaba imputado por cuatro hechos de violencia género cometidos contra su expareja (madre de la sobreviviente de los abusos). Esto se dio luego de un pedido de la defensa del deportista y de un dictamen del fiscal Nº 11, Elio Valdivia, quien lo había elevado a juicio oral en marzo de 2018, previa acusación del futbolista de 32 años, que hoy juega en el Club Central Norte de Resistencia, por el delito de “lesiones leves agravadas por el vínculo en contexto de violencia de género”, ocurridos entre junio y septiembre de 2017.

 

Desde la querella adelantaron que presentarán una apelación a Casación ya que consideraron al fallo como “cuestionable”, en donde se arribó a esta situación debido a fallas en los tiempos judiciales, algo que no debe afectar a la víctima y su derecho de ser defendida. Si bien admitieron que tienen en consideración el intento en celeridad, aseguraron que “la demora es amiga de la impunidad y provoca perjuicio a la víctima”, subrayando que esto puede ser visto como un caso de violencia institucional.

La abogada de la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros, Nahir Barud sostuvo que estos delitos “no solamente deberían ser imprescriptibles, sino que todos los instrumentos legales ya existían al momento de los abusos en tratados internacionales”, recordando la ley 27.206 de Respeto a los tiempos de las víctimas de delitos contra la integridad sexual, la cual modificó el artículo 67 del Código Penal, incorporando un supuesto de suspensión de la prescripción en los delitos contra la integridad sexual. Barud expresó que esto es importante teniendo en cuenta que no se puede permitir que la causa prescriba, remarcando que desde la Secretaría de DDHH consideran fehacientemente que la presunta víctima no debe pagar por una demora de la Justicia.

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