Recomiendan al Municipio modificar una reglamentación “discriminatoria” sobre el boleto estudiantil gratuito

Recomiendan al Municipio modificar una reglamentación “discriminatoria” sobre el boleto estudiantil gratuito

El defensor del Pueblo, Gustavo Corregido, remitirá una recomendación a la Municipalidad de Resistencia solicitando que se modifique la disposición N° 297 del 29 de Mayo de 2015, que establece “una limitación” en el acceso al subsidio al boleto de transporte público para aquellos estudiantes terciarios y universitarios que cursan en la ciudad de Resistencia. El ombudsman considera que se trata de una medida “discriminatoria y contradictoria”, que deja fuera del beneficio a una gran masa de ciudadanos que viven en la capital chaqueña pero mantienen el domicilio de la localidad de la que son oriundos mientras cursan materias.

El martes por la tarde Corregido presentó a los representantes del Movimiento de Estudiantes y Trabajadores por el Boleto (METB) la documentación sobre este subsidio y advirtió ante la queja de los alumnos que los requisitos exigidos por la autoridad municipal están reglamentados de manera correcta. Sin embargo, explicó que más allá de las cuestiones burocráticas, la medida no deja de ser discriminatoria y contradictoria porque excluye a una gran cantidad de estudiantes sin tener en cuenta donde realizan su actividad educativa, que en definitiva es lo que los constituye como beneficiarios del subsidio y no su domicilio de residencia familiar.

“Todo alumno que estudie en Resistencia debería estar en igualdad de condiciones y derechos. Es claro que muchos son oriundos del interior pero mientras cursan residen en la capital y generalmente suelen ser quienes más necesitan este tipo de subsidios”, aclaró.

El defensor explicó que la primera disposición sobre este tema, la N° 288 dictada el 27 de mayo de 2015 sí contemplaba a todos los estudiantes universitarios y terciarios que estudiaban en la ciudad, de acuerdo al artículo 3 del Anexo donde se reglamentaba que “podrán acceder al beneficio los alumnos de establecimientos públicos y privados con sede en la ciudad de Resistencia”. Sin embargo la disposición 297, al ampliar el artículo 4, en su inciso “b” deja excluidos a quienes son oriundos del interior al solicitar como requisito que se cumpla con presentar una “fotocopia del DNI donde conste domicilio en la ciudad de Resistencia”.

“Ese requisito en particular transforma al reglamento en una medida que discrimina al usuario. Para las normativas tanto a nivel provincial como municipal debemos tener en cuenta la aplicación de acuerdos internacionales como el Pacto de San José de Costa Rica, que nos señala que principios tales como el de la no discriminación pasan a ser de aplicación directamente constitucional en lo que hace tanto a la prestación misma del servicio público como a las tarifas y en cualquier relación con la sociedad”, concluyó Corregido.

Por su parte los integrantes del METB consideraron que esta disposición constituye una “demagogia” y aseguran que los argumentos de las autoridades municipales para no cumplir con su palabra resultan “violentos”. “Prometieron que quienes estudian en Resistencia iban a viajar gratis pero terminó siendo una mentira porque dictaron una norma que trata de acotarse todo el tiempo y se terminan contradiciendo ellos mismos”, indicó el grupo encabezado por Rubén Serruya, Micaela Marín, Yanina Santillán y Facundo Uferer.

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