Corregido buscará frenar los aumentos en el transporte de energía eléctrica

Corregido buscará frenar los aumentos en el transporte de energía eléctrica

A partir de este mes comienzan a impactar los aumentos de las tarifas en el servicio energético como resultado de las resoluciones tomadas por el Ministerio de Energía de la Nación y el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE). En ese contexto, el defensor del Pueblo de Chaco, Gustavo Corregido, presentó en el Juzgado Federal amparos colectivos y medidas cautelares contra las entidades y el Poder Ejecutivo nacional por modificar los montos de manera arbitraria.

Ya en diciembre del año pasado, el ombudsman se presentó a las audiencias públicas que fijaron las entidades y pidió que se suspendan por falta de información previa sobre los costos y variables que inciden en la tarifa. Corregido alertó que las convocatorias eran una farsa y resultaban en la aplicación, medidas arbitrarias, que ahora pide suspender a través de la decisión judicial.

El defensor solicitó que se declare la nulidad de las audiencias realizadas el 14 de diciembre en Formosa, una de las cuales fue realizada mediante videoconferencia desde el Teatro de la Ribera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Corregido quiere anular la resolución 601/16, 616/16 y 605/16 del ENRE (esta última dictada en virtud de la Resolución del Ministerio de Energía y Minería N° 196-E) y también pide la inaplicabilidad por inconstitucional de las Resoluciones Nº 20/2017 emitida por la Secretaria de Energía Eléctrica y 66/2017 y 75/2017 emitida por el ENRE.

En esa línea pide que se ordene al Estado Nacional, que antes de establecer el aumento en el precio de la energía para Chaco, convoque a una nueva audiencia pública para posibilitar una participación real de los usuarios y consumidores, otorgando información completa, veraz y detallada de la totalidad de costos relacionados con el aumento de tarifa que se propone.

Además, a través de medidas cautelares, también solicita que se retrotraigan los valores a los vigentes antes del dictado de las resoluciones Nº 75/2017 y Nº 20/17 emitida por la Secretaria de Energía de la Nación y la resolución N° 66/15 emitida por el ENRE.

Cabe destacar que los valores estipulados en las resoluciones cuestionadas tienen como destinatario al transporte de la energía y por ende su incidencia en los usuarios finales es indirecta. La energía es generada, transportada y transformada en cualquier lugar del país, por lo que escapa a la jurisdicción local a pesar de que las provincias prestan el servicio público de distribución de electricidad en base a su propia regulación.

Sobre la necesidad de aprobar las cautelares, Corregido destaca que la dilación que implica esperar hasta la sentencia definitiva significarían perjuicios de índole patrimonial sobre los usuarios alcanzados ilegítimamente por los incrementos en las tarifas aplicadas a los distribuidores.

 

Dos precios distintos

Corregido explicó que una de las audiencias trató la tarifa de transporte de energía de media tensión, cuya administración las provincias reclaman hace tiempo debido al mal desempeño de Transnea que impacta negativamente en los costos a Chaco, Corrientes y Formosa. Por otro lado, simultáneamente tuvo lugar la audiencia por los precios estacionales – de impacto nacional – que corresponden al costo de transporte de alta tensión.

En ambas audiencias, faltaba información y la presentada no estaba suscripta, carecía de fechas ciertas y de documentación respaldatoria. Además la información brindada por el ENRE en su página web consistía en los cuadros tarifarios de distintas categorías y rubros de las empresas Edenor, Edesur y Edelap, sin relación con la empresa Transnea y por ende sin relevancia para un aumento en los costos de la región.

Sobre la audiencia de precios estacionales, el defensor explicó que no tuvo la suficiente publicidad a los fines de que todos los interesados puedan tomar vista de las actuaciones y participar de ella. Esto resultó en que la Defensoría y los usuarios en general no pudieran acceder a los antecedentes, lo que viola los derechos constitucionales contemplados en el artículo 42 de la Constitución Nacional porque no existió información veraz, cierta y detallada.

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Otra sentencia incumplida

El defensor sostiene que ambas audiencias estuvieron viciadas de irregularidades y en ese marco recordó que ya el aumento establecido en la resolución N° 6/2016 emitida por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación está suspendido por una medida cautelar despachada por el Juzgado Federal N°2 de Resistencia. Además se encuentra en periodo probatorio una acción de amparo sobre esta resolución. Sin embargo, a pesar de que han pasado meses, los funcionarios nacionales no acatan la resolución judicial y hoy se efectúa un nuevo aumento tarifario.

 

La necesidad de un plan gradual

Son numerosos los argumentos con los que el defensor sostiene la inconstitucionalidad y arbitrariedad de las resoluciones nombradas: desde el principio de ilegalidad hasta la falta de coherencia en el comportamiento administrativo, el derecho humano de acceso a la energía eléctrica así como el incumplimiento del rol protector del Estado.

Entre ellos resalta que la acción estatal solo puede tender a mejorar los derechos de los ciudadanos y nunca a deteriorar la calidad de vida de la población, porque ello implica una medida regresiva como las que implementan las resoluciones atacadas.

En ese marco Corregido pide que se disponga la suspensión de la aplicación de las resoluciones para la provincia de Chaco hasta que el Poder Ejecutivo nacional proponga un Plan gradual de quita del subsidio que permita a la población tener previsibilidad y certeza para asumir como usuarios las consecuencias del impacto en la tarifas.

También insiste en que el Estado debe analizar las consecuencias de las temperaturas excesivamente altas en las provincias del norte. Señala que con estas resoluciones se le exige a la población que ahorre energía a costa de poner en peligro la salud, porque es indiscutible que soportar temperaturas de 40°C sin el auxilio de artefactos como aires acondicionado, ventilador, etc., deteriora la calidad de vida e impacta en la salud de los chaqueños.

A esto hay que sumar que la provincia se encuentra en emergencia hídrica, por lo que resulta incoherente de parte de la Administración nacional que por un lado asuma que la población atraviesa dificultades y penurias económicas relacionadas con las inundaciones y por otro, disponga para la misma población un aumento en la tarifa de un servicio público esencial como lo es la provisión de energía eléctrica.

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