El Comité de Prevención de la Tortura, Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos y/o Degradantes (C.P.T.Ch) saluda a las/os trabajadoras/es de prensa en su día.
Desde 1.944 se estableció el 25 de marzo “Día del Trabajador de Prensa” y el Estatuto del Periodista Profesional de la Argentina por un Decreto impulsado por Juan Domingo Perón desde la Secretaría de Trabajo y Previsión de la Nación.
La norma se transformó en Ley Nº 12.908 en el año 1.946.
Asimismo, se evoca al compañero Rodolfo Walsh, detenido – desaparecido el 25 de marzo de 1977 durante la dictadura cívico – militar – eclesiástica.
Desde el C.P.T.Ch se recuerda el Artículo Nº 23 de la Ley 1798-B, “Deber de colaboración”, el cual indica que todos los Poderes del Estado Provincial, autoridades, funcionarios y las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas cuya actividad se encuentre vinculada a los centros de detención, sin distinción de rango o jerarquía, ni excusa en órdenes de sus superiores, deben colaborar con carácter obligatorio, urgente y de manera inmediata con el Comité.
Esto implica el libre acceso a la información pública en los lugares de detención, constituyendo una garantía en la prevención de la tortura. De haber restricciones serían incompatibles con los compromisos asumidos por la provincia.