La Corte pide informes a San Juan por los derrames en la mina Veladero

La Corte pide informes a San Juan por los derrames en la mina Veladero

El máximo órgano del Poder Judicial pidió este martes al gobierno de San Juan informes sobre si la población “potencialmente afectada” por los dos derrames de cianuro de la mina Veladero saben de la existencia y alcance de esos eventos y si requirió a dos empresas vinculadas a Barrick Gold, operadora de la mina, sobre esos derrames.

La Corte fijó un plazo de 20 días para que la provincia responda “si ha puesto en conocimiento de los habitantes potencialmente afectados la existencia y alcance de los derrames”, ocurridos el 12 de setiembre del 2015 y el 8 de setiembre pasado.

El máximo tribunal requirió si el gobierno sanjuanino “comunicó a la población las consecuencias que podría tener esos eventos para la salud y la vida” de las personas, y “las medidas concretas que la comunidad debería adoptar para prevenir los riesgos o combatir eventuales problemas de salud”.

También fijó el mismo plazo para que la provincia le conteste si obtuvo información sobre los derrames de Minera Argentina Gold SA (Magsa) y de Barrick Exploraciones Gold SA (Beasa).

Magsa es la empresa que tiene los derechos a usar el llamado “camino minero” que conduce al yacimiento, y Beasa es la filial local de Barrick Latam que participa en la explotación y exploración de minas a cielo abierto con sede en la zona de Pascua Lama.

La Corte intervino tras la “acción meramente declarativa” promovida contra esas empresas, la provincia y el Estado Nacional por la Fundación Ciudadanos Independientes.

La Fundación inició la demanda para obtener certeza acerca de la legalidad de las autorizaciones para explotar los proyectos mineros, ubicados en la zona cordillerana donde, según expuso, existen glaciares que requieren protección.

La entidad civil reclamó, además, que cese la actividad en el emprendimiento Veladero-Pascua Lama hasta que se determine la inexistencia de riesgo o peligro para la salud y la vida de las personas, ya que, afirmó, la provincia “habría autorizado la explotación minera sin considerar el daño ambiental”.

Según la Fundación no se ha cumplido con procedimientos que incluyen una audiencia pública con la participación de los vecinos del área afectada, no se permite el libre acceso a información pública referida a los proyectos de explotación minera, y se omitió constituir un seguro ambiental.

La organización responsabilizó al estado nacional por la “omisión legislativa” en el dictado de la Ley de Protección de Glaciares, lo que, a su criterio, permitió que la provincia autorizara la actividad minera en la zona.

La Fundación pretende además que se dé intervención en la causa a San Luis, Mendoza, La Pampa, Río Negro y Buenos Aires porque considera que el impacto ambiental de la actividad minera en los glaciares, en el suelo y en el agua afectan también los cauces ubicados en esas provincias.

El fallo de la Corte, firmado por cuatro de sus cinco miembros -el presidente Ricardo Lorenzetti y los ministros Elena Highton, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti- aclaró que el pedido de informes “no debe verse como una intromisión indebida del Poder Judicial”, sino como la tutela de derechos o “suplir omisiones”. Fuente: Télam

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