El financiamiento del sistema previsional de reparto asistido

El financiamiento del sistema previsional de reparto asistido

El sistema previsional en la República Argentina y en la Provincia del Chaco, es de reparto asistido, y se financia con los aportes personales de los trabajadores en actividad, provinciales y municipales, las contribuciones de los empleadores y en caso de resultar insuficientes, con el complemento estatal obtenido de la recaudación tributaria y/o renta general.

 

Esta situación se mantiene desde hace décadas, tanto a nivel nacional como provincial. Lo descripto tuvo una variante a partir de la reforma del sistema nacional de jubilaciones y pensiones en el año 1993, Ley 24.241, cuando se autorizó la transferencia de las cajas provinciales a la Nación, y la cesión del 15 % de la coparticipación al Estado nacional para su financiamiento. Trece (13) provincias no transfirieron (entre ellas la Provincia del Chaco). Pero igualmente el Estado nacional retuvo el porcentaje citado, financiando también estas provincias el déficit nacional por más de veinte años. Tal desajuste se intentó salvar parcialmente en el consenso y/o Pacto Fiscal de fecha 06/12/1999, ratificado por Ley Nacional N° 25.235 y aprobado en el Chaco por la Ley N° 4722/2000, por el cual la Nación se comprometió a cubrir los déficit previsionales de las trece provincias en cuestión, en porcentajes crecientes desde el año 2000, hasta alcanzar el 100 % en el año 2004 y siguientes. Tal compromiso fue ratificado en los Pactos o Consensos Fiscales posteriores, todos ratificados por leyes nacionales y provinciales de cada jurisdicción.

Por lo tanto el sistema previsional provincial establecido en la ley vigente 800 H, y con la garantía del artículo 75 de la Constitución Provincial, se financia con los aportes de los trabajadores provinciales y municipales, de las contribuciones de los empleadores (gobierno provincial y municipal), los recursos que destine el Estado provincial y el complemento del Estado nacional.

 

Rechazamos totalmente todo intento “de facto” de modificarlo por el actual Gobierno nacional y resistiremos cualquier ajuste en la materia, efectuando un llamado a la unidad de los trabajadores estatales en defensa de los recursos provinciales y del sistema previsional chaqueño, administrado por el In.S.S.Se.P.

El desfinanciamiento del sistema previsional de la Provincia del Chaco, obedece a causales de distinta índole y antigüedad, a saber: sociales (el acrecentamiento de la expectativa de vida y el envejecimiento poblacional), la política de empleo público (contratos sin aportes al sistema provincial, reducción de la planta de personal), salarial (bonificaciones y conceptos sin aportes y contribuciones), el desequilibrio en la aplicación del sistema de reciprocidad sin transferencia de aportes, el traspaso a la órbita provincial de trabajadores nacionales (entre ellos docentes) sin los aportes efectuados, la inexistencia de un fondo de reserva al destinarse el superávit previsional para cubrir el déficit de la Obra Social hasta el año 1986, las denominadas leyes de privilegio, y otras… De acuerdo con lo establecido anteriormente resulta llamativo la ligereza con la que se pretende señalas las causas del desequilibrio previsional (Diario “Norte” del 31/03/2024, pág. 4) demostrando una supina ignorancia en la materia.

 

Por todo lo expuesto, ATECH llama a todos los estatales chaqueños de los distintos sectores, activos y jubilados, a defender los derechos previsionales y su financiamiento, previsto en el artículo 75 de la Constitución Provincial.

ROSA MYRIAM PETROVICH- Secretaria General A.T.E.CH.-

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Barranqueras - Municipio de todos

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